ÁREA DE PROTECCIÓN Y SERVICIOS INSTITUCIONALES
El Área de Protección y Servicios Institucionales tiene el propósito de orientar el ofrecimiento y fortalecimiento de servicios que minimicen algunas de las contingencias económicas y sociales de los alumnos que contribuyan a elevar su calidad de vida, y la culminación exitosa de su proceso formativo.
De acuerdo con las condiciones de cada Centro de Formación Profesional, sus prioridades y capacidad presupuestal, se sugieren las siguientes acciones:
a) Internados o Servicios de Hospedaje, para alumnos de formación titulada, en las condiciones que se establecen en el Artículo 16° de la presente Resolución.
b) Transporte Este servicio se prestará desde cada Centro de Formación Profesional, para la realización de actividades programadas como parte o complementación de las acciones de formación profesional denominadas jornadas o visitas técnicas.
Los Centros de Formación Profesional que se encuentren fuera del perímetro urbano y para los cuales no existe servicio público de transporte permanente, se prestará este servicio entre el Centro de Formación y el Centro urbano donde se facilite la movilidad de los alumnos a sus viviendas. Este servicio se prestará prioritariamente a formación titulada cuya jornada exceda seis (6) horas diarias.
Este servicio podrá prestarse mediante el servicio automotor del SENA o mediante contrato con terceros. En cualquier caso podrá establecerse un sistema de tiquetera o de compensación, que el alumno adquirirá a un costo no mayor al 30% del valor del pasaje urbano de la ciudad respectiva.
c) Cafeterías, comedores y restaurantes, ya sea que su administración se establezca por contratación externa o en el marco de la política SENA proveedor SENA.
d) Servicio médico o de enfermería, para atención de emergencias, que cubra a alumnos matriculados en programas de formación titulada, que no estén afiliados a los regímenes contributivo o subsidiario de salud y, de manera preferencial a los internos de los Centros Agropecuarios, ofrecido a través de convenios, alianzas o por contratación externa.
e) Póliza de seguro de accidentes para los Alumnos del Centro, de conformidad con reglamentación que para el efecto se adopte.
f) Aulas de informática, aulas itinerantes y de bilingüismo, salas de audiovisuales, salas de estudio y demás espacios de formación y permanencia de los alumnos.
g) Unidades de información: Bibliotecas, centros de documentación, bibliotecas virtuales y en red.
h) Servicio de fotocopiadora y de papelería, administrado por contratación externa o por cooperativas de alumnos SENA.
De acuerdo con las condiciones de cada Centro de Formación Profesional, sus prioridades y capacidad presupuestal, se sugieren las siguientes acciones:
a) Internados o Servicios de Hospedaje, para alumnos de formación titulada, en las condiciones que se establecen en el Artículo 16° de la presente Resolución.
b) Transporte Este servicio se prestará desde cada Centro de Formación Profesional, para la realización de actividades programadas como parte o complementación de las acciones de formación profesional denominadas jornadas o visitas técnicas.
Los Centros de Formación Profesional que se encuentren fuera del perímetro urbano y para los cuales no existe servicio público de transporte permanente, se prestará este servicio entre el Centro de Formación y el Centro urbano donde se facilite la movilidad de los alumnos a sus viviendas. Este servicio se prestará prioritariamente a formación titulada cuya jornada exceda seis (6) horas diarias.
Este servicio podrá prestarse mediante el servicio automotor del SENA o mediante contrato con terceros. En cualquier caso podrá establecerse un sistema de tiquetera o de compensación, que el alumno adquirirá a un costo no mayor al 30% del valor del pasaje urbano de la ciudad respectiva.
c) Cafeterías, comedores y restaurantes, ya sea que su administración se establezca por contratación externa o en el marco de la política SENA proveedor SENA.
d) Servicio médico o de enfermería, para atención de emergencias, que cubra a alumnos matriculados en programas de formación titulada, que no estén afiliados a los regímenes contributivo o subsidiario de salud y, de manera preferencial a los internos de los Centros Agropecuarios, ofrecido a través de convenios, alianzas o por contratación externa.
e) Póliza de seguro de accidentes para los Alumnos del Centro, de conformidad con reglamentación que para el efecto se adopte.
f) Aulas de informática, aulas itinerantes y de bilingüismo, salas de audiovisuales, salas de estudio y demás espacios de formación y permanencia de los alumnos.
g) Unidades de información: Bibliotecas, centros de documentación, bibliotecas virtuales y en red.
h) Servicio de fotocopiadora y de papelería, administrado por contratación externa o por cooperativas de alumnos SENA.
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